No es ninguna novedad que estamos en un momento sumamente complejo para millones de personas en lo que refiere al trabajo. No sólo en España, sino en todo el mundo.
A la crisis económica que azota desde hace un tiempo a gran parte del mundo, sumado a las nuevas tecnologías que han cambiado las formas y reglas laborales, se ha sumado el COVID-19, más conocido como Coronavirus.
La rápido expansión de este virus está impactando en las economías de muchos países, que seguramente tendrán una recesión importante durante este 2020.
Una crisis es también una oportunidad, sostienen los más optimistas. Por esta razón, en un momento tan delicado del trabajo, tener una empresa o emprendimiento propio es la mejor manera de paliar esta situación.
Seguramente estás leyendo estas líneas y te preguntarás de dónde sacar el dinero necesario para hacer una inversión. Pues bien, en España existe la capitalización del paro.
Esta medida pretende incentivar el emprendimiento o el autoempleo a través de un único pago. Para ser beneficiado con esta medida, es preciso cumplir con algunos requisitos. También es clave calcular el paro para el 2020.
Quién puede pedir el paro
La capitalización del paro es el cobro de un único pago de la prestación de desempleo para iniciar una actividad profesional.
Por esta razón, para conseguir el beneficio es imprescindible demostrar que el fin que se persigue es netamente empresarial. Este es el principal requisito para cobrar el paro acumulado.
Según está dispuesto en la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pueden pedir este derecho todos aquellos desempleados que están cobrando una pensión retributiva por el cese definitivo de su relación laboral.
Al mismo tiempo, es necesario justificar la necesidad de ese capital para la inversión que se busca realizar.
De todas maneras, no basta sólo con recibir el seguro de desempleo y acreditar por qué necesitamos cobrarlo, sino que hay otros requisitos que hay que cumplir.
Otros requisitos para solicitarlo
En primer lugar, como explicamos anteriormente, es imprescindible ser beneficiario de una pensión contributiva por desempleo.
Para poder capitalizar el paro se deben tener, como mínimo, tres mensualidades pendientes de cobro o seis meses en caso de percibir la prestación por cese de actividad.
Es requisito obligatorio para cobrar el pago único de desempleo no haber recibido antes esta bonificación en los cuatro años anteriores.
Por otra parte, hay que dejar sentado que la actividad que se está planeando iniciar debe estar lista para entrar en funciones en el plazo máximo de un mes desde la resolución del Servicio Público de Empleo Estatal.
Además, el pago único debe ser posterior a la resolución judicial que ha puesto fin a la prestación de desempleo. Es decir, no se puede cobrar el beneficio si se está cobrando esa ayuda por no tener trabajo.
Estos son los requisitos generales, luego es necesario tener en cuenta la finalidad del pedido del cobro del beneficio. En este punto, hay tres actividades para las que se puede usar el pago único paro: autónomo, socio de una mercantil o socio en una cooperativa.

Autónomo en España
En este caso, el beneficiario podrá obtener la totalidad si justifica previamente la inversión que necesita llevar a cabo. Si cumple con estos requisitos, va a cobrar toda la suma para su emprendimiento.
A su vez, si no usa toda la cantidad asignada, es posible solicitar una mensualidad que cumpla con el dinero asignado. Esto es para, por ejemplo, hacerle frente al pago mensual de la cuota de Seguridad Social.
Al mismo tiempo, un autónomo podrá capitalizar paro hasta el 15% de su pago único desempleo para abonar servicios de asesoramiento y formación para emprender un negocio con mayores conocimientos.
Formas de recibir el monto
Para los trabajadores autónomos hay tres maneras diferentes de calcular la cantidad de la capitalización del paro.
En primer lugar, el beneficiario puede obtener en un sólo pago la cantidad que pidió, justificando previamente la inversión necesaria y el resto de los pagos a afrontar (mensualidades correspondientes a la Seguridad Social).
La segunda alternativa es solicitar y recibir pura y exclusivamente la suma de dinero para la inversión del emprendimiento.
Por último, la otra manera de lograr y calcular pago único desempleo como autónomo es obtener sólo el importe total de las cuotas mensuales correspondientes a la Seguridad Social.
Socios de una mercantil
Si el objetivo del solicitante es ser socio de una sociedad mercantil, es requisito obligatorio que se tenga el control efectivo de esa sociedad.
Además, es necesario que el emprendimiento esté recién constituido o lo haya estado en un plazo máximo de doce meses.
Al mismo tiempo, se podrá solicitar la capitalización paro, ya sea para aportar capital social, como así también para gastos de constitución y puesta en marcha de la sociedad.
Por último, al igual que ocurre con los autónomos, puede usarse parte de la suma para pagar mensualidades de la Seguridad Social.
Formas de recibir el pago
En primer lugar, el beneficiario puede cobrar el paro de golpe con la suma que necesite para adquirir el status de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa.
Otra de manera de lograr la bonificación es justificar, no sólo la necesidad del cobro correspondiente a las acciones y participaciones, sino también las cuotas mensuales de la Seguridad Social.
Por último, al igual que ocurre con los autónomos, es posible obtener el paro único para pagar solamente las cuotas de la Seguridad Social.
Socio en una cooperativa
Si la intención del solicitante es ser socio de una cooperativa, es posible usar el paro para pagar la cuota de ingreso o bien realizar el aporte necesario, tanto de manera voluntaria como obligatoria.
En este caso en particular, la diferencia es que únicamente puede desembolsarse la cantidad necesaria de una única vez. Por tanto, no se puede obtener la prestación para pagos futuros.
Formas de recibir el pago
En primera instancia, el futuro beneficiario puede recibir un sólo pago para ingresar a la cooperativa y también las cuotas mensuales de Seguridad Social.
Por otra parte, la persona puede obtener exclusivamente la cuota de ingreso a la cooperativa, con sus aportaciones obligatorias y voluntarias correspondientes.
Por último, es posible que la persona reciba el importe total para abonar solamente las cuotas mensuales de Seguridad Social.